A “criterio” de la policía, revisión de personas y vehículos, determina la Corte

Tremendo golpe a los derechos humanos el que asestó la Suprema Corte de Justicia de la Nación este martes.
Los ministros declararon constitucionales las inspecciones policiacas a personas y vehículos sin que exista de por medio una orden judicial o ministerial, figura prevista en el nuevo Código Nacional de Procedimientos Penales que fue impugnada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Para los togados, estas inspecciones son “una medida proporcional, idónea y con un fin constitucionalmente válido, de proteger la seguridad pública y los derechos de las víctimas de delitos”, y que “la flagrancia de un delito se puede revelar de dos maneras: cuando el ilícito es evidente a la vista del policía, o cuando la inspección es la que lo revela”.
Y eso podría ser muy válido en países como Suecia, Finlandia o Dinamarca, en donde el respeto al Estado de Derecho por parte de las autoridades está culturalmente enraizado. Pero en México, donde las policías de todos los niveles fabrican escenas de crimen, “siembran” armas y drogas para incriminar personas en delitos que no cometieron y las asesinan porque les parecieron “sospechosas”, la resolución de la “tremenda corte” equivale a una condena para los ciudadanos.
Bienvenidos al Estado policiaco, a cuatro meses de las elecciones.