Abogado defensor dice que Bermúdez podrá salir de Xalapa y circular por todo el país

Otro de los abogados del exsecretario de Seguridad Pública, Arturo Bermúdez, Rodolfo de la Medina, explicó que tras la modificación de la medida cautelar a su representado, no tiene restricción alguna para no salir del distrito judicial de Xalapa, podrá moverse por todo el país, y si la Juez lo determina, también podrá viajar al extranjero.

“Entregó su pasaporte, pero tiene la posibilidad de pedir permiso para salir del País siempre que el juez lo considere oportuno legal. Se puede mover por todo el País”, aclaró.



En entrevista, el Abogado comentó que la revisión de la medida cautelar es una fase procesal que el Código Nacional de Procedimientos Penales estima bajo ciertas premisas, la primera es que los tribunales colegiados de la Ciudad de México han determinado que la desaparición forzada no es un delito de prisión oficiosa.

Bajo esa lógica, la defensa estableció que esos criterios son vinculatorios al juez de control de esta ciudad y por lo tanto, tenía la obligación de atender esos criterios, apartándose de los criterios que se venían manejando en febrero de este año,cuando se dictó la prisión preventiva oficiosa.

“Bajo esa lógica se abrió el debate en la audiencia y en la audiencia se estableció que Arturo Bermúdez no justifica un riesgo de fuga, que no obstruye ni hay ningún dato que establezca que haya una obstrucción ni riesgo para víctimas”, subrayó.

Definió que la Fiscalía General del Estado no probó ni entregó ninguna evidencia ni dato de prueba que pudiera establecer lo contrario. 

Dijo que la Juez de Control fue muy enfática en el hecho de que la primera sala de la Suprema Corte de Justicia ha establecido que cada una de las partes tiene cargas probatorias y que esas cargas probatorias son responsabilidad de cada una de las partes.



“La defensa probó que el delito de desaparición forzada no es de prisión oficiosa, probó que tiene un domicilio en esta ciudad, probó que no ha justificado ni intimidado a nadie, pero lo más importante, probó que durante el primer proceso y el segundo él siempre venía a estos tribunales por su propio pie. Nunca se fugó y eso es un elemento fundamental para poder justificar tanto en la tercera sala del Tribunal Superior de Justicia como en los juzgados federales, se haya valorado”, enfatizó.

Por eso es que se ordenó la libertad inmediata de Bermúdez y recalcó que en los otros dos procesos que se le siguen ya estaba en libertad, por ello es que se fijó la garantía económica de un millón de pesos, la obligación de presentarse a firmar el libro de procesados y dejar el pasaporte.

Lo que sigue es enfrentar el proceso en libertad, sigue la etapa intermedia y llegado el caso el juicio, pero recordó que hay apelaciones y juicios de amparo que están revisando, que la prisión preventiva de febrero de 2018 sea ilegal.

Rodolfo de la Medina mencionó que el comportamiento de Bermúdez dentro del penal fue de un “excelente” interno.

Finalmente, destacó que la salida del exservidor obedece a una audiencia de debate ante un juez de control “autónomo”, se establecieron datos de prueba para justificar la legalidad y la revisión de la medida cautelar, en ese sentido, dijo que no le correspondía decir por qué en otras audiencias no se le modificaron las medidas o si fue por presiones políticas.