Aumentaría hasta 2063 concesión del libramiento de Plan del Río

En la sesión de este jueves, los diputados del Congreso Local autorizaron al gobernador, Miguel Ángel Yunes Linares, para que lleve a cabo las gestiones y celebrar los actos necesarios o apropiados para modificar el título de concesión de la operación del Libramiento Plan del Río, con lo cual el permiso podría ampliarse hasta el 2063.

Y es que en el 2003, la extinta Secretaría de Comunicaciones (Secom), hoy Secretaría de Infraestructura y Obras Públicas (SIOP), otorgó la concesión a Concesiones y Promociones Malibrán, S. A. de C. V., para construir, operar, explotar, conservar y mantener ese tramo carretero por 30 años, plazo que vencen el 15 de julio de 2033.

En la autorización que se le dio al mandatario y que fue rechazada por la fracción legislativa de Morena, se abre la posibilidad de concesionar el libramiento por otros 30 años, con el argumento de realizar obras de infraestructura.

Se menciona que el Plan Veracruzano de Desarrollo 2016-2018, en su apartado “Veracruz demanda infraestructura de comunicaciones y transportes de vanguardia”, precisa la necesidad de reducir el rezago en materia de infraestructura que impera en la entidad, para impulsar el desarrollo social y económico de la población.

Con ello Yunes Linares podrá modificar el resolutivo Tercero del Acuerdo que establece que la duración de la concesión comprenderá un período máximo de 30 años, esto si a juicio del Ejecutivo, se justifica la necesidad o conveniencia de realizar inversiones en materia de infraestructura, ya sea en obras o en efectivo que el Estado reciba como contraprestación.

También se prorrogará cuando se presenten otras causas que lo justifiquen, no atribuibles al concesionario, entre las que podrán incluirse demoras en la liberación del derecho de vía, así como retrasos o interrupciones en la construcción, explotación u operación de la vía concesionada u otras circunstancias que afecten el equilibrio económico de la concesión.

Igualmente cuando a solicitud del Ejecutivo, el concesionario acepte cargas económicas o de otro tipo que deban satisfacerse con los ingresos derivados de la concesión o con financiamientos respaldados por dichos ingresos.

En su caso, se apunta, las inversiones adicionales y las cargas de que se trate, al igual que las contraprestaciones correspondientes y demás regulaciones que se establezcan, serán realizadas bajo las modalidades, términos y condiciones que se convengan en la respectiva modificación del título de concesión.

Los recursos que el Estado obtenga como parte de la carga o contraprestación que se convenga, serán administrados a través de un fideicomiso público, a efecto de transparentar y garantizar su aplicación en obras de infraestructura.