Avalan ayuntamientos decreto que da autonomía a la Editora de Gobierno

Los ayuntamientos de la entidad avalaron el decreto que adiciona la fracción VII al artículo 67 de la Constitución local, para darle autonomía a la Editora de Gobierno, responsable de emisión de la Gaceta Oficial del Estado. 

En sesión de la Diputación Permanente del Congreso Local, el secretario General, Juan José Rivera Castellanos, informó que 44 cabildos municipales enviaron sus actas de sesiones en las que aprobaron la referida reforma a la Carta Magna veracruzana. 

Mientras que en otros 99 se aplicó la afirmativa ficta, al transcurrir más de 60 días naturales, sin discutir en el seno de la comuna el referido proyecto de decreto, que fue sancionado por el pleno legislativo el pasado 12 de julio, en segunda vuelta.

Cabe recordar que los cambios establecen que la Editora de Gobierno publicará todas las disposiciones normativas de observancia general y demás actos que expidan los Poderes del Estado, las personas de derecho público con autonomía reconocida por la Constitución Política, los ayuntamientos de los municipios del Estado y la administración pública paramunicipal, a través de la Gaceta Oficial, que será el órgano informativo del Gobierno Constitucional del Estado de Veracruz.
 
Además estipula que el Congreso designará al titular de la Editora de Gobierno, con el voto de las dos terceras partes de los diputados presentes, de conformidad con el procedimiento que determine la Ley.
 
El referido servidor público durará en su encargo cinco años, no podrá ser reelegido y sólo se le podrá remover por las causas graves que la ley señale, con la misma votación requerida para su nombramiento, o por las causas y conforme a los procedimientos previstos en la Constitución local.

Por otra parte, los Cabildos avalaron el decreto que reformó la fracción III del artículo 58 y se adicionó la fracción XV al artículo 56 recorriéndose la subsecuente, ambos de la Constitución Política del Estado, para señalar que el Poder Judicial deberá elaborar el dictamen técnico en sentido favorable o no favorable, según sea el caso, respecto de los magistrados en posibilidad de ser ratificados, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Veracruz.

En estas modificaciones se incluye además que para ser magistrado se requiere poseer, al día del nombramiento, título de licenciado en Derecho expedido por autoridad o  institución legalmente facultada, con una antigüedad mínima de diez años y contar, preferentemente, con estudios de posgrado, o con experiencia profesional en la judicatura o ejercicio de la profesión no menos de ese lapso.