Ciudadana denunció a consejero presidente del OPLE por supuestos actos privativos de la libertad

El Juzgado Décimo Quinto de Distrito del Consejo de la Judicatura Federal da seguimiento a una denuncia presentada contra el consejero presidente del Organismo Público Local Electoral en Veracruz, José Alejandro Bonilla Bonilla presentada por una ciudadana que lo acusa de supuestos actos privativos de la libertad durante la pasada jornada electoral del 4 de julio.

Al investigar el caso, www.versiones.com.mx tuvo conocimiento que se trata de una denuncia promovida por una electora originaria de Xalapa quien señala que el pasado 4 de junio del presente año acudió a votar a la casilla correspondiente a su domicilio ubicado en la avenida Ávila Camacho de la colonia centro de esta capital vistiendo una playera con colores y logotipo de un partido político.

Aunque incurría en una falta electoral al inducir el voto al portar logotipo de un partido político el día de la votación, la quejosa reclamó que se le impidió el voto y que personal del OPLE la amedrentó con advertencias de que sería encarcelada, esto bajo las supuestas instrucciones del consejero presidente de ese organismo.

La quejosa reclamó mediante una denuncia que se le había impedido el voto y las supuestas amenazas en su contra, así como la presunta intención de su detención por parte del personal del OPLE, supuestos de los que responsabilizó al consejero presidente Bonilla Bonilla.

Al dar seguimiento del caso, las autoridades judiciales notificaron del proceso que se investiga a todos los consejeros electorales del OPLE y del Instituto Nacional Electoral.

Según lo publicado en el documento correspondiente al expediente 918/2017 con fecha del 14 de agosto del presente año.

Versiones consultó al respecto al abogado Rafael Zorrilla Nakud, quien explicó que los funcionarios electores no pueden ordenar órdenes de aprehensión, ya que rebasa sus facultades “lo que podría ser ilícito”.

“Si él dicta una orden de aprehensión estaría cometiendo diversas irregularidades porque no le corresponde a él, él es una autoridad local, no penal”.

¿Aun cuando estuviera de evidencia un acto de delito electoral?

“Cualquier persona que comete un delito, cualquier persona la puede detener…la ley me da la facultad de detenerlo y ponerlo ante la autoridad respectiva, porque así lo establece la ley”.

Sin embargo precisa que si fuera el caso que se denuncia sería un acto reprobable pues no es una autoridad penal.

Respecto al curso que siguen de esta investigación el Juzgado Décimo Quinto, opinó que los consejeros que han sido notificados deben actuar al respecto.

“Que apliquen la ley como debe de ser, que le den la facultad a quien lo tenga que hacer y que se procede conforme a derecho.

Que le permitan a la autoridad hacer su labor, creo que sí se podría hablar de un exceso de la aplicación de la ley al meterse en cosas que no le corresponden”.

Advirtió que deben cuidarse este tipo de acciones de parte de personal del OPLE ante los procesos locales que se aproximan.

“El OPLE a lo suyo, el INE a lo suyo que es el lo electoral, las autoridades judiciales quienes son las encargadas de la detención son las encargadas de resolver, no transgredir, respetar esas facultades y no meterse en cosas que no correspondan. Nos alterados mucho en casa elección, todos…hacer las cosas como se deben hacer, conforme a la ley “.

Se pronunció porque los consejeros electorales locales y federales analicen este caso para evitar que se transgreda la ley en actos que involucran a consejeros del OPLE.
Tras la notificación a los consejeros electorales, la audiencia incidental se postergó al próximo 6 de septiembre.