Impugnan ante el TEV omisión del PRI de emitir convocatoria para selección de candidatos a síndicos y regidores

Militantes del Partido Revolucionario Institucional (PRI) impugnaron ante el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), la omisión de sus Comité Ejecutivo Nacional y Directivo Estatal, de emitir la convocatoria para la selección de candidatos a síndicos y regidores de los 212 ayuntamientos.

Mediante un juicio para la protección de los derechos político- electorales del ciudadano (JDC), los inconformes buscan que el órgano jurisdiccional ordene la publicación de la convocatoria.

Toda vez que hasta el momento sólo se ha emitido la relacionada con los nominados a alcaldes e incluso ya se definió quiénes serán los contendientes en los municipios en los que irán solos o los que le corresponden dentro de la alianza con el Verde Ecologista de México (PVEM).

En el escrito de demanda presentado vía per saltum (salto de instancia), los correligionarios del tricolor aducen que tanto el CEN como el CDE han sido omisos en emitir la invitación para quienes deseen integrar las planillas que contenderán en la jornada del 4 de junio próximo, pese a que el plazo para definirlos vence dentro de seis días, es decir, el 26 de marzo y el 15 de abril inicia el periodo de registro de los candidatos ya electos.

Recordaron que los estatutos del PRI establecen que debe haber certeza tanto en las convocatorias a presidentes municipales como en la de síndicos y regidores; sin embargo no existen convocatorias para estos dos últimos cargos de elección popular.

Por lo que adujeron que al no saber los procedimientos por los cuales se elegirán a los candidatos, se encuentran en la indefensión porque en su momento no podrían acceder a los cargos referidos.

Reiteraron que les causa agravio la situación denunciada porque a su juicio no existe ningún fundamento jurídico para no haber emitido la convocatoria y para que el Revolucionario Institucional elimine todo un procedimiento de selección de candidatos a los cabildos municipales.

“Se viola el principio de certeza, toda vez que no existe las condiciones claras de juego para los militantes, pues uno de sus derechos está el ser postulados para los cargos de elección popular”, refrendaron los impugnantes.