Ordenan a la Comisión Nacional Jurisdiccional del PRD resolver queja de David Velasco

Al resolver el juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano, presentado por David Velasco Chedraui, los integrantes del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) le dieron la razón al decir que la Comisión Nacional Jurisdiccional del Partido de la Revolución Democrática (PRD) fue omisa al no dar contestación a la queja intrapartidaria interpuesta por él, luego de que se le quitara la candidatura a la alcaldía de Xalapa y se le diera a Ana Miriam Ferráez Centeno.
Los magistrado consideraron que la instancia interna vulneró su derecho a una justicia pronta, expedita y efectiva contemplado en el artículo 17 de la Constitución Federal, por lo que le dieron tres días, contados a partir de notificación de esta sentencia, para que desahogue la querella interpuesta por el priista.
“Se declara fundado el agravio pues en el informe circunstanciado enviado por esa Comisión Nacional Jurisdiccional del PRD se aduce que el escrito de queja presentado por David Velasco Chedraui se encuentra en estudio, sin justificar por qué no se ha pronunciado en torno al mismo”, se especificó en el fallo.
Esto, se añadió, conculca la garantía a una justicia pronto y expedita, que deben observar también las instancias intrapartidarias como lo prevén los artículos 41, base sexta de la Carta Magna nacional y 48 de la Ley General de Partidos Políticos.
Aunado a que el artículo 146 del Reglamento General de Elecciones y Consulta del PRD, estipula que los medios de impugnación que se interpongan por la designación de candidatos se tendrán que resolver diez días antes del plazo para el registro ante la autoridad administrativa electoral.
“Lo que en la especie no acontenció, de ahí que ante la omisión acreditada se ordena a la Comisión Nacional Jurisdiccional del PRD resuelva el asunto planteado por el ciudadano David Velasco Chedraui, en un término de tres días naturales contados a partir de que quede notificado del presente fallo”, se concluyó.