Presentan diputados morenistas reforma al Código Civil para permitir matrimonio igualitario

Diputados del Grupo Legislativo del Movimiento Regeneración Nacional (Morena) en el Congreso Local presentaron una iniciativa para reformar el Código Civil y permitir el matrimonio igualitario.

Durante la sesión ordinaria de la Diputación Permanente, los legisladores, en voz de Mónica Robles Barajas, dieron a conocer la propuesta que busca eliminar la definición actual del matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer y con fines reproductivos y dejarla como la unión entre dos personas.

“El matrimonio es la unión de dos personas que deciden compartir la vida para apoyarse mutuamente y formar una familia como forma de relación social y personal”, refiere el planteamiento de los parlamentarios morenistas que modifica el artículo 75 del referido ordenamiento jurídico.

En la tribuna, Robles Barajas recordó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció la inconstitucionalidad de la definición de matrimonio cuando se limita a personas de sexos diferentes.

“La Suprema Corte interpretó la norma sobre el matrimonio, en el sentido de que, cuando la disposición prevea que el matrimonio es el contrato celebrado entre un solo hombre y una sola mujer, debe entenderse que ese acuerdo de voluntades se celebra entre dos personas”, recordó.

La iniciativa de ella y sus homólogos también contempla reconocer el concubinato como una figura similar al matrimonio, sobre todo en cuanto a los derechos que se derivan de la unión de dos personas.

Adicionalmente, plantean establecer en el Código Civil veracruzano la figura del divorcio incausado o sin expresión de causa. 

“Pues es de considerar que en la mayoría de los juicios en que se demanda el rompimiento del vínculo matrimonial las partes sufren un desgaste mayor que trasciende, incluso, a los hijos y las hijas y al resto de la familia”, mencionó ante los integrantes de la Diputación Permanente.

Otro de los aspectos que comprende la reforma es el de la obligación alimentaria como un deber jurídico, considerando a las personas con discapacidad y adultos mayores, como beneficiarios permanentes de la pensión alimentaria.

Adicionalmente, incorpora la pensión compensatoria para la o el cónyuge, que se hubiera dedicado a las labores domésticas y de cuidado de la familia.

Por otra parte, se busca establecer que las hijas e hijos dentro y fuera del matrimonio llevarán el nombre o nombres propios que les impongan su madre o su padre seguido de sus apellidos en el orden en que éstos decidan.