Una cosa es consulta popular y otra revocación de mandato

Ayer tuve la oportunidad de echar una platicada virtual, con el diputado Victor Emmanuel Vargas Barrientos, me comentó que el jueves el grupo legislativo del Morena al cual el pertenece, se pronunciará con respecto a la reforma electoral local, cuya finalidad es alinear lo que ya está legislado a nivel federal; con respecto a la “revocación de mandato”, me comentó que ya está legislado a nivel federal y los estados tendrán 18 meses, para armonizar a partir del 20 de diciembre del 2019.
Sin embargo y como era de esperarse, me contó Vargas Barrientos, la oposición veracruzana alega que los diputados del del grupo legislativo del Movimiento de Regeneración Nacional, traicionaron la promesa de campaña al respecto de legislar la revocación de mandato del Gobernador, ya que según ellos, con la reciente reforma política aprobada en la pasada sesión del 12 de mayo, se blindó al gobernador Cuitláhuac García Jiménez, al incluir en el artículo 15 de la Constitución del Estado, que no puede ser objeto de consulta popular “la permanencia o continuidad en el cargo de los servidores públicos de elección popular” y no es así, lo que afirma la oposición veracruzana es falso, además es claro el desconocimiento de las leyes por parte de los grupos opositores al afirmar tal cosa.
Ahora bien, el pasado 20 de diciembre, el Congreso Federal publicó diversas reformas en las que se hicieron modificaciones a las figuras de la consulta popular y la revocación de mandato, es importante señalar que ambas figuras de participación ciudadana son independientes o ajenas entre sí, pues buscan fines distintos y están sujetas a procedimientos propios, es decir, una cosa es Juan Domínguez y otra muy distinta…
Por una parte se debe aclarar que en la consulta popular, se votará a favor o en contra sobre temas específicos de trascendencia nacional o regional, también la consulta popular puede ser convocada a petición del presidente de la República, por cualquiera de las Cámaras del Congreso de la Unión, así como por determinado porcentaje de ciudadanos del País o de cierta región en específico y el Instituto Nacional Electoral será el Encargado de la organización, difusión, desarrollo, cómputo y declaración de resultados.
Y por otra parte, la revocación de mandato, busca específicamente revocar el mandato del Presidente de la República o de los Gobernadores de los Estados y está sujeto a un procedimiento distinto al de la consulta popular, es decir son dos cosas completamente diferentes; además, la revocación de mandato, también es un derecho reconocido de los mexicanos, que será convocado por el Instituto Nacional Electoral, a petición de cuando menos el 33 por ciento de las ciudadanas y los ciudadanos, inscritos en la lista nominal de electores, siempre y cuando en la solicitud, correspondan a por lo menos 17 entidades federativas y que representen, por lo menos el 3 por ciento de la lista nominal de electores, de cada una de ellas.
Una vez esto aclarado, no faltará quién podría cuestionar, ¿porqué el pueblo no puede votar en “consulta popular” si mantiene o no a sus funcionarios electos?, y la respuesta es muy sencilla, no se puede votar en “consulta popular” ese tema porque el mismo es precisamente el objeto de la “revocación de mandato”, que como señalé anteriormente, es independiente o ajeno a la consulta, pero también implica necesariamente que será la ciudadanía quien votará a favor o en contra de la revocación.
Aclarado el punto y quedando claros, vale la pena subrayar que el artículo 15 de nuestra Constitución Local, ya establece la figura de la consulta popular y lo que votaron los diputados veracruzanos en la sesión del pasado 12 de mayo, fue únicamente armonizar dicho artículo local a lo que dispone el artículo 35 de la Constitución Federal, en cuanto a que no puede ser objeto de consulta popular ,“la permanencia o continuidad en el cargo de los servidores públicos de elección popular”.
Una vez aclarada la diferencia entre una cosa y otra, el diputado Vargas Barrientos dejó claro que lo afirmado por la oposición veracruzana, es completamente falso; los diputados del grupo legislativo del Movimiento Regeneración Nacional, no votaron el pasado 12 de mayo para blindar una revocación de mandato, en dicha sesión no abordaron en ningún momento el tema de la revocación, únicamente se legisló sobre el tema del procedimiento de “consulta popular”.
Así las cosas queridos míos, la oposición hace lo suyo y el grupo legislativo del Morena lo que le corresponde, nos leemos mañana.
Comenten politicaerosa@outlook.com infórmense www.lapoliticaenrosa.com síganme a través de is redes sociales @Elsbeth_Lenz