VIGENCIA DEL NACIONALISMO REVOLUCIONARIO, A LA PAR DEL CENTENARIO DE LA CONSTITUCIÓN DE 1917

Por más que las nuevas generaciones, han tratado de sepultar la doctrina del “nacionalismo revolucionario”, no han sido capaces de ofrecer a la clase política “de las nuevas generaciones”, otro modelo incluyente, integrado por todas las aspiraciones y reclamos de los grupos inconformes con el estado de cosas que prevalece actualmente en nuestro país. Quieren dejar atrás los jóvenes políticos, los principios que nutrieron el pensamiento ideológico de los diputados constituyentes al Congreso de Querétaro en 1917; principios que resumen las banderas de la Revolución Mexicana, iniciada por Madero para exigir “el sufragio efectivo y la no reelección”, ante el fraude que le pretendieron hacer, el general Porfirio Díaz y su séquito de beneficiarios del cacicazgo férreo que ejerció el legendario general; quien conquistó el poder a “sangre y fuego”; pacificó al país para responder a la exigencia generalizada de la población, mandando a los abigeos y asaltantes, a que descansaran en la paz de los sepulcros. Las luchas emprendidas por Emiliano Zapata en el sur y Francisco Villa en el norte, para reivindicar los derechos a poseer la tierra suficiente para producir en el campo, lo necesario para vivir, proclamando el lema de que “la tierra es, de quien la trabaja”a fin de acabar con los latifundios, generalmente improductivos, o trabajados por los campesinos, explotados a través de las tiendas de raya y disponiendo los poderosos caciques, de los hombres y mujeres explotados por la miseria, mientras los beneficiarios del porfirismo, acrecentaban sus riquezas.

Por otro lado, la lucha de los obreros, cuya culminación se logró con las huelgas de Cananea Sonora y Río Blanco Veracruz, a costa de los derramamientos de sangre ordenados por el general Porfirio Díaz y ejecutados por los gobernadores y jefes políticos de la zona, acabaron en ese momento con cualquier tipo de insurrección que pudiera poner en peligro la estabilidad del porfiriato. El reclamo de justicia, era como un grito en el desierto, que no se escuchaba en el Palacio Nacional ni en la sede de los gobiernos estatales, hasta que al triunfo de la Revolución Mexicana, se sentaron las bases para la aplicación de la ley, por un árbitro supremo”, emanado de la Constitución de 1917, con una nueva estructura y funciones, para acercar la aplicación de las leyes hasta los lugares más alejados del territorio nacional; un renovado Poder Judicial, que junto con los Poderes Legislativo y Ejecutivo, forman los tres Poderes de la Unión. Los objetivos de la Revolución Mexicana, que costó al país más de un millón de mexicanos muertos, fueron, entre otros, hacer prevalecer por encima del interés particular, el interés de la colectividad, para desembocar en una Justicia Distributiva, que devolviera a cada quien lo que legítimamente le correspondiera; y a los desposeídos, hacerlos partícipes de los frutos del movimiento revolucionario, mediante la dotación de tierras de cultivo y generando empleos con “un salario justo y remunerador” a fin de alcanzar el desarrollo económico con justicia social, para hacer una realidad los derechos a la educación, a la salud, a una vivienda digna, al trabajo, procurando en todo momento la redistribución de la riqueza pública, y evitando en todo momento, el acaparamiento de la riqueza nacional en unos cuantos beneficiarios.

La Constitución de 1917, cuyo centenario se está cumpliendo este año, a pesar de los parches, remiendos y agregados, generalmente promovidos por los ex presidentes de México, sigue cumpliendo con sus objetivos iniciales, consistentes en el reconocimiento a los derechos fundamentales de los hombres y mujeres de todas las edades, nacidos y avecindados, dentro del territorio nacional, derechos de Libertad, Fraternidad y Solidaridad; con un capítulo de protección a los derechos sociales de Educación y Trabajo, cuyas bases contienen los artículos 3, 27 y 123 de la Carta Magna, éste último precepto, en la mira del presidente Enrique Peña Nieto, quien ha propuesto la desaparición de los Tribunales de Justicia Laboral, para ser sustituidos por instancias de conciliación, en las que se protegerá más a la parte patronal, que a los trabajadores, aboliendo el Derecho de Huelga y la Sindicalización, instrumentos de lucha que en un principio sirvieron para reivindicar a los trabajadores mexicanos, aunque la ambición desmedida de los líderes sindicales, sirvió para que los integrantes del Congreso del Trabajo, y sus estructuras en las entidades federativas, solaparan el enriquecimiento de sus dirigentes, prostituyendo a las organizaciones sindicales y desprestigiando a la mayoría de las organizaciones que en su origen fueron defensoras de la clase trabajadora.

Por otro lado, el cambio climático y la contaminación de las zonas industriales y las grandes ciudades, ha despertado el interés general de la población, dando lugar al surgimiento de los “grupos ambientalistas”, que se rasgan las vestiduras (sin resultado alguno), para acabar con la contaminación en las zonas urbanas y rurales; y para regular espacios de reserva ecológica, invadidos por nuevos desarrollos habitacionales, muchos de los cuales han incumplido con los compromisos de remediación ecológica y de protección al medio ambiente. Desde la Constitución de 1917, el articulo 27 estableció “que la propiedad de los recursos naturales, de la tierra y aguas, litorales, lagunas y ríos son propiedad original de la nación”, y que corresponde a la nación desincorporar del patrimonio público federal, las tierras y aguas que sirvan para dotar a la población de los espacios requeridos para los asentamientos humanos y de las concesiones para el aprovechamiento del agua, siempre que se ajusten ambos casos a las leyes de la materia. Pero esa rectoría del estado no se ha ejercido con estricto apego a la ley, beneficiando (como siempre) a los allegados y protegidos de los altos mandos del gobierno y a los grupos de presión, en donde prevalece el interés de los dueños del capital privado, mexicano y extranjero.

Como se observa, las bases jurídicas del desarrollo de nuestro país, con justicia y equidad y garantizando la paz pública, están contenidas en los ciento treinta y seis artículos de la Constitución Política de la República; y mientras las nuevas generaciones que promueven la renovación o el cambio del régimen jurídico y las instituciones públicas, en tanto no presenten las opciones convincentes, quedarán solo en aspiraciones incumplidas o sueños irrealizables, por carecer de una propuesta concreta, que garantice acabar con la desigualdad y la marginación en que viven la mitad de los mexicanos, muchos de los cuales amanecen todos los días “sin la esperanza”, de satisfacer siquiera, sus necesidades de alimentación.